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En orden alfabético

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El Registro General de la Propiedad Estatal de Obras de Artistas Plásticos (RG.PEOAP) se crea por Ley Nº 17.473, del 9 de Mayo de 2002 y el Decreto Reglamentario Nº 45/005 del 4 de Febrero de 2005.

Su cometido es conocer, ordenar, y custodiar el valioso patrimonio con que cuenta nuestro país, con respecto a las obras de artistas plásticos de propiedad estatal. Para la presente ley se considera propiedad estatal las obras de artistas plásticos pertenecientes al Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, Tribunal de Cuentas, Corte Electoral, Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados, Gobiernos Departamentales y Personas Públicas No Estatales.

Para comprender su contenido se describen las siguientes definiciones:

Artista Plástico: se reconoce como artista plástico a toda persona que expresa una visión personal y desinteresada, que interpreta lo real o imaginado con diversas técnicas del arte de plasmar la materia, creando obras independientes, y apelando al sentido estético de la persona que la contempla.

Ley N° 17.616 Derechos de Autor y Derechos Conexos. Diario Oficial N° 26.179, el 17 de enero de 2003, Uruguay; REAL ACADEMIA ESPAÑOLA. Diccionario [en línea]. http://www.rae.es [última consulta: enero, 2004]; SALVAT. Enciclopedia / Diccionario. 12 Tomos. Salvat Editores S.A. Barcelona, España, 1978.

Definiciones de las categorías registradas:

Pintura: obra pictórica plasmada con pigmentos que se aplican húmedos, como la acuarela, óleo, témpera, pintura acrílica, etc., con excepción de la pintura pastel, tradicionalmente y generalmente utilizada en retratos. Pintura Mural al fresco o seca, sobre superficie plana, en general de mampostería. Técnica Mixta, cuando se refiera a la combinación de los pigmentos húmedos descriptos.

Escultura: obra bidimensional y tridimensional realizada con las técnicas académicas tradicionales: tallado, moldeado, vaciado, etc.

Grabado: obra del artista plástico realizada con las técnicas académicas tradicionales: litografía, xilografía, aguafuerte, agua tinta, etc., creando arte plástico.

Tapíz: obra realizada por el artista plástico y sin fines preestablecidos. Se admiten la combinación de todos los materiales posibles de utilizar, por ser una categoría reciente en la clasificación de las artes plásticas.

Obra varia: Dibujo: obra plástica creada con las técnicas propias del dibujo, empleando materiales como la carbonilla, sanguínea, lápiz, tinta, marcadores de fibra, etc., sobre papel u otro material factible, solos o con retoques de pigmentos acuosos. Técnica Mixta cuando se refiera a la combinación de los materiales descriptos.

Obra varia: Collage: obra plástica creada con multiplicidad de materiales, que pueden estar, o no, combinados con técnicas o pigmentos de uso tradicional, adheridos sobre un soporte plano. Técnica que permite la realización de obras planas texturadas. Técnica Mixta, cuando se refiera a la combinación de los nuevos elementos con los materiales de uso tradicional.

Obra varia: Ensamblado: obra bidimensional o tridimensional, creada con diversos materiales, chatarra u objetos ensamblados o acoplados, con o sin combinación de técnicas y materiales de uso tradicional. Puede estar pintada, o con la superficie natural de los materiales u objetos utilizados, colgada de la pared o situada en el suelo como objeto independiente del ambiente a exhibirse. Técnica Mixta, cuando se refiera a la combinación de los nuevos elementos con los materiales de uso tradicional.

Obra varia: Instalación: en esta sección se contempla la moderna manifestación que utiliza el ambiente como elemento participativo y principal inspiración en la creación artística. Estas creaciones pueden llegar a combinar todas las técnicas del arte plástico tradicional, emplear las expresiones del arte visual y escénico, e incluso, llegar a tener la actuación del propio artista, o invitar a los espectadores a participar, permitiendo en algunos casos, efectuar modificaciones o llevarse objetos de la misma
Técnica Mixta, cuando se refiera a la combinación de los nuevos elementos con los materiales de uso tradicional.

Copia de Pintura: repetición de una obra pictórica, por otra mano que la del autor original, con intención de conseguir un grado máximo de semejanza. Obra pictórica plasmada con pigmentos que se aplican húmedos, como la acuarela, óleo, témpera, pintura acrílica, etc., con excepción de la pintura pastel, tradicionalmente y generalmente, utilizada en retratos. Pintura Mural al fresco o seca, sobre superficie plana, en general, de mampostería. Técnica Mixta, cuando se refiera a la combinación de los pigmentos húmedos.

Copia de Escultura: obra que figure como tal, la realizada sin el consentimiento del autor o posterior a su fallecimiento, y aquella que únicamente tengan la firma del fundidor, y no exista documentación irrefutable que manifieste lo contrario. Escultura bidimensional y tridimensional realizada con las técnicas académicas tradicionales: tallado, moldeado, vaciado, etc.