Poder Ejecutivo reglamentó Ley 19.075
El Poder Ejecutivo publicó el decreto de reglamentación la Ley 19.075, por la cual se modifican normas relativas al matrimonio y a la filiación. Para la reglamentación, el MEC, a través del Registro de Estado Civil, trabajó conjuntamente con el área jurídica de la Presidencia de la República.
La normativa establece en su artículo 1º que el matrimonio civil es la unión permanente, con arreglo a la ley, de dos personas de distinto o igual sexo, sustituyendo el artículo 83 el Código Civil. También se regulan las diferentes posibilidades de establecer los apellidos de los hijos e hijas a inscribirse.
La reglamentación implica contemplar una variedad importante de situaciones respecto de las cuales podrán surgir algunas dudas por parte de quienes la aplican. Desde la Dirección de Registro Civil se está a disposición para evacuarlas en forma inmediata para no obstaculizar la correcta aplicación de la ley.
El trámite formal para la reglamentación se inició elevando el proyecto al ministro y posteriormente a Presidencia de la República para la aprobación por parte del Poder Ejecutivo, lo cual se concretó el jueves 1º de agosto.