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Habilitación para dictado de cursos

 

Resoluciones que detallan los cursos para cuyo dictado se habilita a Centros Privados de Formación Marítima

 

Comunicación: Modificación de requisitos para habilitación (Educación Marítima) 

 

Sres. Responsables de instituciones dedicadas a la impartición de cursos de capacitación marítima (modelo OMI): por esta vía comunicamos a Uds. de las modificaciones realizadas al instructivo para la solicitud de habitación en el marco de lo dispuesto por por el Art. 86 del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 311/09.

Las mismas entraron en vigor conforme lo establecido por la UCEM - Unidad Coordinadora de Educación Marítima, expuesto en Acta Nº 20, de fecha 09 de julio de 2013.

Dichas modificaciones rigen para futuras solicitudes, inherentes a nuevos cursos modelo OMI que formaren parte de la oferta académica de institución que representan y refieren a la necesidad de incorporar el código correspondiente al curso propuesto así como a la presentación de tres vías de los documentos que compongan la oportuna solicitud.