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Miércoles 8 de Mayo de 2013

Matrimonio Igualitario

Poder Ejecutivo promulgó ley que habilita a personas del mismo sexo a casarse

Orellano
Director del Registro Civil, Adolfo Orellano


El Poder Ejecutivo promulgó la Ley de Matrimonio Igualitario que el pasado 10 de abril aprobó el Parlamento Nacional y por la cual se introducen modificaciones en el artículo 83 del Código Civil.

A partir de ahora el matrimonio se define como "la unión permanente, con arreglo a la ley, de dos personas de distinto o igual sexo".

Además, se establece que en todas las normas reguladoras del instituto del matrimonio donde se utilicen menciones diferenciales en razón de sexo, deberán aplicarse conceptos como cónyuges, pareja matrimonial o esposos.

La reglamentación de la norma quedará definida en los próximos 90 días, momento a partir del cual las personas del mismo sexo que deseen contraer matrimonio podrán hacerlo, previa inscripción en el Registro Civil.

El director del organismo, Adolfo Orellano, dijo que en la práctica el trámite normal que se realiza hoy en día “cambia muy poco”. Explicó que se modifican aspectos prácticos puntuales como la competencia de las oficinas que actuarán en materia de matrimonio y cómo se fijan las mismas. 

“Lo único que van a tener que hacer los jueces y los oficiales de Estado Civil es pedirle el consentimiento a los cónyuges. La única diferencia es que habrá parejas integradas por un hombre y una mujer, por dos hombres o por dos mujeres, pero los derechos son los mismos”, concluyó Orellano.

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