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Viernes 8 de Julio de 2011

Barrio Histórico de Colonia del Sacramento

Montevideo 8 de julio de 2011.
 
Ante la renuncia de algunos integrantes del Consejo Ejecutivo Honorario de Colonia del Sacramento y a raíz de las declaraciones públicas por ellos efectuadas, la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación pone a disposición de los interesados diversos documentos que ilustran acerca de la situación del Barrio Histórico de Colonia del Sacramento. De todos ellos se desprende el trabajo arduo y cotidiano que se ha venido desplegando de un tiempo esta parte por parte de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación (CPCN) y el Equipo de Trabajo creado en fecha  5 de octubre de 2010.
 
 
En los archivos adjuntos de este comunicado, se agrega el informe de los expertos de UNESCO señores Troitiño y Viña; la resolución de 11 de mayo de 2011 invocada por los renunciantes; las preguntas del Centro del Patrimonio Mundial, recibidas el 15 de junio  y contestadas el 18 de junio de 2011 fundamentándolas con una serie de documentos que  también se agregan a esta nota y que ilustran acerca del trabajo que se ha venido realizando en Colonia del Sacramento así como los pasos previstos para los próximos meses. Estas respuestas fueron presentadas ante la Conferencia del Centro de Patrimonio Mundial de UNESCO realizado en París entre los días 19 al 29 de junio de 2011.
 
También se agrega la identificación de las resoluciones de UNESCO que se detallan cuyo contenido puede ser fácilmente visitado en la página: http:/whc.unesco.org/en/list/747/documents.  Se puede leer en este sitio electrónico, la exigencia de la comunidad internacional manifestada al estado uruguayo  referida a la necesidad de presentar un Plan de Gestión del sitio:
 
año 2002 Decisión 26COM 21B.71;
 
año 2003: Decisión 27COM 7B.101;
 
año 2004: Decisión 28COM 15B.105;
 
año 2005: Decisión 29COM 7b.99;
 
año 2008: Decisión 32COM 7B.128;
 
año 2009: Decisión 33COM 7B.146
 
La Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación entendió prioritario el cumplimiento de estas recomendaciones, por eso es que se ha hecho especial énfasis en establecer y cumplir plazos adecuados para la elaboración y aprobación del Plan de Gestión para el barrio Histórico. Por este motivo, y dados los tiempos transcurridos, se nombró al citado Equipo de Trabajo, con un integrante por la Intendencia de Colonia, uno por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación y uno por el Consejo Ejecutivo Honorario. Este proceso debe contextualizarse además, con la normativa de ordenamiento territorial vigente en la República.
 
El artículo 24 de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008, autoriza la imposición de una serie de “medidas cautelares” a efectos de asegurar el proceso de ordenamiento: suspensión de todo tipo de  autorizaciones de usos, fraccionamientos, urbanización, construcción o demolición. La suspensión cautelar se extinguirá en todos los casos, con la aprobación definitiva del Plan de Gestión del Barrio Histórico de Colonia del Sacramento.
 
Estas “medidas cautelares”  se pueden establecer de manera fundada: “A partir del inicio de la elaboración de los avances de los instrumentos” (art.24 de la Ley 18.308 de 18.06.08)
 
Con las “medidas cautelares” aprobadas por la Junta Departamental, toda tramitación que tenga por objetivo cualquier actividad en el perímetro del Barrio Histórico de Colonia del Sacramento deberá iniciarse en las oficinas del Equipo Director del Plan de Gestión. Este equipo está integrado por la Intendencia de Colonia, la Comisión de Patrimonio Cultural de la Nación y su dependencia el Consejo Ejecutivo Honorario.
 
La ley 18.308 de 18 de junio de 2008 en su artículo 24 (puesta de manifiesto, suspensión cautelar) establece que: “En el proceso de elaboración de los instrumentos de los ámbitos regional, departamental e interdepartamental se redactará el avance que contenga los principales estudios realizados y los criterios y propuestas generales que orientarán la formulación del documento final. El órgano competente dispondrá, en todos los casos indicados en el inciso precedente, la Puesta de Manifiesto del avance por un período no menor a los treinta días a efectos de la consulta y recepción de las observaciones, la que será ampliamente difundida. A partir del inicio de la elaboración de los avances de los instrumentos, los Gobiernos Departamentales podrán establecer fundadamente como medida cautelar, la suspensión de las autorizaciones de usos, fraccionamientos, urbanización, construcción o demolición, en ámbitos territoriales estratégicos o de oportunidad. La suspensión cautelar se extinguirá, en todos los casos, con la aprobación definitiva del instrumento respectivo.”
 
Se debe tener presente además, que el Intendente de Colonia  en ejercicio de sus potestades y de acuerdo a lo previsto en la ley,  debe aprobar el inicio del proceso de elaboración de los “Avances del Plan de Gestión del Barrio Histórico de Colonia del Sacramento” y debe solicitar a la Junta Departamental  la aprobación previa prevista por el artículo 23 y 25 de la norma referida a efectos de iniciar el período de puesta de manifiesto y Audiencia Pública de los “Avances” del referido plan.
Tal como lo indica la norma mencionada el período de puesta de manifiesto no será menor a 30 días proponiéndose la convocatoria de Audiencia Pública para el día 24 de agosto de 2011 a celebrarse en el Bastión del Carmen de la ciudad de Colonia de Sacramento.
 
La convocatoria se dirigirá y notificará personalmente a todas las autoridades públicas, Entes y Servicios descentralizados cuyos cometidos puedan tener impacto en el territorio en donde el Plan se instale, solicitando asimismo el “Informe de Correspondencia” de los instrumentos territoriales al Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, en cumplimiento del artículo 25 de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008, iniciándose además el procedimiento ambiental requerido en esta norma.
 
Se hace notar que el Equipo Director del Plan de Gestión ha seguido trabajando a pesar de las renuncias formuladas y a raíz de esta situación se han presentado personas residentes en Colonia del Sacramento interesadas en formar parte del CEH. En los próximos días se propondrá la nueva nómina para su designación.
 
La Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación coincide con todos aquellos que consideran importante la necesidad de trabajar de manera mancomunada con el aporte de varias disciplinas, con técnicos formados en la especialidad de la gestión territorial en sitios patrimoniales y con representantes de la comunidad con voluntad de aportar la visión local.
 
El compromiso con el sitio patrimonial, la transparencia en la gestión y las buenas prácticas administrativas que aventen la posibilidad  del abuso o desviación de poder, son algunos de los objetivos buscados en este proceso que inexorablemente terminará en un Plan de Gestión que consagrará  el destino de Colonia del Sacramento formulado por los propios colonienses.
 
De esta manera también se cumplirá con el pedido que UNESCO desde el año 2002 viene formulando y reiterando al Uruguay.
 
 
Dr. Alberto Quintela
Director General
Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación.